LA SITUACIÓN ALIMENTARIA DE LOS DESPLAZADOS EN COLOMBIA

PLATAFORMA COLOMBIANA DE DERECHOS HUMANOS, DEMOCRACIA Y DESARROLLO.

CAMPAÑA POR EL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN Y CONTRA EL HAMBRE.

Es una realidad incuestionable que Colombia padece una verdadera crisis alimentaria que, aparte de serios limitantes estructurales, ha venido siendo profundizada y agravada por el actual modelo económico.

Tomando como referencia los datos oficiales de la FAO, durante el periodo 1996-2002 el hambre en Colombia muestra un claro comportamiento ascendente (ver tabla)[1] y con un ritmo de crecimiento que ya supera la velocidad con que se incrementa esta calamidad en

Tabla. Hambre en Colombia 1996-2002, 2006 (en millones de personas).

1996

1997

1998

1999

2000

2001

2002

2006*

5.1

5.2

5.3

5.6

5.7

5.7

5.9

6.3

* Cifras proyectadas para el 2006.

el promedio del mundo en desarrollo e, incluso, África Subsahariana (ver figura)[2].

Si en el lapso 1996-2002 los hambrientos de los países atrasados aumentaron en 24 millones, Colombia contribuyó con el 3.3 % de ellos; es decir, más de 3 veces el incremento promedio general o, si se quiere, 3 veces y media el de África Subsahariana.

Figura. Ritmo de crecimiento del hambre en Colombia Vs. PVD y África Subsahariana años 1996-2002 (1996=100)[3].

Obviamente, el impacto nocivo y letalidad del hambre se hace mayor en las poblaciones más vulnerables del país: niños y niñas, adultos mayores, mujeres, comunidades indígenas, afrodescendientes y desplazados. Entre ellas, estos últimos son quienes la padecen con mayor rigor.

Aunque aún se carece de una valoración rigurosa (en torno a la situación nutricional de los desplazados y desplazadas) que sea representativa del conjunto nacional, existen ya varios estudios que arrojan algunas luces sobre el estado del hambre y el contexto social, económico y económico de las víctimas.

Se sabe por ejemplo que el patrón de desplazamiento sigue una dirección que va, principalmente, del campo a la ciudad. En ese sentido, un estudio de hace tres años demuestra que el 75 % de la población desplazada laboraba, antes del éxodo, en actividades agrícolas[4]. Una vez llegados a los nuevos sitios de refugio, sólo una tercera parte de los antiguos campesinos podía volver a trabajar en estas actividades.

Si a lo anterior agregamos que frente a la amenaza de la tortura y la muerte la población desplazada abandona sus tierras, herramientas de trabajo, animales y simientes (huyendo casi siempre a las zonas urbanas y engrosando sus cordones de miseria), no es difícil de comprender las estrechas limitaciones que tienen, en lo sucesivo, para acceder física o económicamente a los alimentos.

El acceso físico a los alimentos se destruye una vez el desplazado o desplazada es alejado de la posibilidad de beneficiarse de su propia producción alimentaria para autoconsumo.

En cuanto al acceso económico a los alimentos, este se ve seriamente restringido a consecuencia de la imposibilidad de inserción laboral digna, en un entorno (la ciudad) sumamente agresivo para quienes han sido desterrados del campo.

Se ha encontrado que para la población desplazada el principal problema reportado en cuanto a su inseguridad alimentaria, es la incapacidad de generar ingresos suficientes. De hecho, el promedio de los hogares desplazados apenas si consiguen ingresos equivalentes al 68 % del salario mínimo vigente a nivel nacional[5]. Tal situación es más grave en aquellos hogares de jefatura única femenina[6].

Por supuesto, buena parte de los exiguos recursos económicos obtenidos por estas familias terminan siendo empleados en la compra de alimentos[7], sin que ello signifique un aprovisionamiento suficiente y de alto valor nutritivo.

Así las cosas, un 87 % de los hogares desplazados se encuentra en franca situación de inseguridad alimentaria.

No es extraño entonces que del total de población desplazada evaluada por algunos estudios, el 85 % de los hogares manifiesten reducir el número de comidas por falta de dinero, o que el 56 % de sus niños y niñas y el 70 % de sus adultos, se acuesten a diario con hambre[8].

Los pocos recursos económicos disponibles para la adquisición de alimentos suelen ser destinados principalmente a la compra de fuentes energéticas de bajo costo como el arroz y la melaza solidificada del jugo de caña de azúcar (“panela”). Tal tipo de alimentación es típica de los niños y niñas menores de 5 años no sólo de la población desplazada, sino también de buena parte de la niñez pobre de Colombia.

En cuanto hace referencia al consumo proteínico, este suele ser muy limitado especialmente en lo que tiene que ver con la ingesta de proteínas de fuente animal y alto valor biológico[9], las cuales representan apenas un 30 % del ingreso total proteico en la dieta[10].

Situación similar se presenta con el consumo de oligoelementos tan importantes como el hierro, zinc y calcio. La baja ingesta de micronutrientes y proteínas trae graves secuelas en el crecimiento y desarrollo de los afectados y es un serio determinante en la reproducción del ciclo de la pobreza.

El impacto de la severa situación nutricional de los desplazados y desplazadas puede ejemplificarse con unas cifras adicionales:

  • La desnutrición crónica en niños y niñas menores de cinco años pertenecientes a esta población es de un 22.6 %[11]; es decir, 10 puntos porcentuales por encima de la media nacional y según datos de la Encuesta Nacional de la Situación Nutricional en Colombia-2005[12].

  • Apenas un 18 % de niños y niñas de la población desplazada reciben lactancia exclusiva y con una duración promedio de tan sólo 1.5 meses[13], siendo que las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud hablan de seis meses como mínimo. Esto, obviamente, representa una seria amenaza para la vida e integridad física y mental de esos niños y niñas.

  • El 59.7 % de las mujeres desplazadas gestantes sufren de anemia y en una cifra que supera en 15 puntos porcentuales el promedio nacional[14].

  • El 23 % de las desplazadas que se encuentran en embarazo tienen un bajo peso para su edad gestacional, mientras que otro 28 % presenta sobrepeso[15]. En suma, 51 % de las gestantes de esta población tienen altísimas probabilidades de dar a luz niños y niñas con bajo peso y/o alta morbi-mortalidad.

Ante este panorama tan desolador, es evidente la falta de voluntad política por parte del Estado para aliviar, al menos, la penuria alimentaria de los desplazados. En respuesta a tal indolencia, la Corte Constitucional de Colombia le recordó al Estado su obligación de velar por la vida, seguridad y bienestar de las víctimas[16].

No obstante y a pesar de que se argumente lo contrario por parte de diversos organismos estatales, la situación humanitaria (incluyendo el aspecto alimentario) de los desplazados y desplazadas está lejos de mejorarse. Prueba de ello son los resultados de los diversos estudios que sobre el tema han adelantado organismos como el Programa Mundial de Alimentos y que han sido referenciados a lo largo de este texto.

Sirva como colofón el mencionar que el proceso de desplazamiento en Colombia no sólo es una consecuencia del conflicto bélico que se sufre al interior del país. Es también un deliberado accionar en pos del despojo económico (tierras, bienes y otras querencias) de los medios de sustento del campesinado colombiano y que ha venido siendo legitimado por leyes como la 782 de 2002 y la controvertida “Ley de Justicia y Paz” (975 de 2005). Estas leyes, impulsadas por el gobierno del presidente Álvaro Uribe Vélez, permiten la legitimación social, política y económica, de los agentes y bienes del paramilitarismo que es, precisamente, uno de los responsables directos de la tragedia humanitaria padecida por buena parte de los colombianos y colombianas. Mientras esto sucede, la no solución de las necesidades vitales y reclamos de la población desplazada se constituye en otra forma de perpetuar su sufrimiento, negar sus más mínimos derechos y propiciar la impunidad.

Ante la situación descrita nos permitimos sugerir respetuosamente que el Representante del Secretario General de la ONU para los Derechos de los Desplazados:

  • Incluya en su informe final sobre la situación en Colombia el grave estado de hambre que padece la población desplazada en nuestro país.
  • Que resalte cómo dicha problemática no sólo es atentatoria y pone en riesgo la vida de los afectados y afectadas, sino que también se constituye en un mecanismo de perpetuación de la violencia física, política y económica de que han sido víctimas los desplazados.
  • Que insista frente a los organismos gubernamentales de Colombia acerca de la obligación del Estado en torno a defender la vida de los desplazados y desplazadas, así como de generar políticas públicas coherentes que dignifiquen la vida y garanticen el derecho a la alimentación de estas personas.
  • Que insista en la necesidad de crear condiciones mínimas (políticas, económicas, de seguridad) favorables al retorno de los desplazados a sus antiguas moradas y conforme a proyectos económicos viables que les garanticen la autonomía y seguridad alimentarias.

Documento elaborado por:

Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo.

Campaña por el Derecho a la Alimentación y Contra el Hambre.

porderechoalimentacion@gmail.com




[1] Tabla elaborada con base en datos extraídos de los informes de la FAO titulados: “El Estado de la Inseguridad Alimentaria en el Mundo” de los años 2000 (pp: 27-28), 2001 (pp: 51-53), 2002 (pp: 31-33), 2003 (pp:31-33), y 2005 (pp: 30-32); todos, editados en Roma.

[2] Morales González, Juan Carlos. “El hambre nuestra de cada día”. En: Le Monde Diplomatique. Edición Colombia. Bogotá. Mayo de 2005. pp: 4-5.

[3] Gráfico modificado de: Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo. Protocolo Interno de Presentación de la Campaña por el Derecho a la Alimentación y Contra el Hambre. Bogotá. 2006.

[4] Programa Mundial de Alimentos. Vulnerabilidad a la inseguridad alimentaria de la población desplazada por la violencia en Colombia. Bogotá. Junio 2003. Documento en formato PDF. p: 11.

[5] Programa Mundial de Alimentos; Comité Internacional de la Cruz Roja. Identificación de las necesidades alimentarias y no alimentarias de los desplazados internos. Bogotá. Marzo 2005. Documento en formato PDF. p: 50.

[6] Programa Mundial de Alimentos; Comisión Europea; Organización Panamericana de la Salud. Estado nutricional, de alimentación y condiciones de salud de la población desplazada por la violencia en seis subregiones del país. Bogotá. Diciembre 2005. Documento en formato PDF. p: 30.

[7] Alrededor de un 50 a 60 % de los gastos mensuales de la población desplazada se destina a la alimentación, lo cual, limita las posibilidades económicas para el disfrute de otros derechos como son la salud, la educación y la cultura. Sobre las cifras ver: Programa Mundial de Alimentos; Comité Internacional de la Cruz Roja. Op. cit. No. 5. p: 45; y, Programa Mundial de Alimentos; Comisión Europea; Organización Panamericana de la Salud. Op. cit. No. 6. p: 29.

[8] Programa Mundial de Alimentos; Comisión Europea; Organización Panamericana de la Salud. Op. cit. No. 6. pp: 38, 39, 41.

[9] En promedio, las familias desplazadas consumirían proteínas de alto valor biológico tan sólo una vez por semana. Ver: Programa Mundial de Alimentos; Comisión Europea; Organización Panamericana de la Salud. Op. cit. No. 6. p: 37.

[10] Programa Mundial de Alimentos. Op. cit. No. 4. p: 3.

[11] Programa Mundial de Alimentos; Comisión Europea; Organización Panamericana de la Salud. Op. cit. No. 6. p: 81.

[12] Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Encuesta Nacional de la Situación Nutricional en Colombia – ENSIN 2005. Bogotá. Documento en red: http://www.icbf.gov.co/espanol/resultados.ppt#367,3, RETRASO EN EL CRECIMIENTO SEGÚN EDAD

[13] Programa Mundial de Alimentos; Comisión Europea; Organización Panamericana de la Salud. Op. cit. No. 6. p: 94.

[14] Programa Mundial de Alimentos; Comisión Europea; Organización Panamericana de la Salud. Op. cit. No. 6. p: 63; e, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Op. cit. No. 12. http://www.icbf.gov.co/espanol/ resultados.ppt#342,14,Diapositiva 14

[15] Programa Mundial de Alimentos; Comisión Europea; Organización Panamericana de la Salud. Op. cit. No. 6. p: 86.

[16] Sentencias T-327 y T-025 de 2001 y 2004, respectivamente.